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Industria
biocidas
Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas / Plaguicidas: licencia obligatoria para todas aquellas empresas españolas que deseen fabricar, importar, almacenar, comercializar o aplicar productos biocidas.
Según la Orden SCO/3269/2006, estarán obligadas a inscribirse en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas/Biocidas:
a) Las personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos, que realicen una o varias de las actividades siguientes:
- Fabricación de plaguicidas o biocidas.
- Envasado de plaguicidas o biocidas.
- Almacenamiento de plaguicidas o biocidas.
- Comercialización de plaguicidas o biocidas.
b) Las personas físicas o jurídicas que realicen servicios de aplicación con plaguicidas o biocidas incluidos en el ámbito de aplicación del Orden SCO/3269/2006, cuando estos servicios se presten en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Con carácter corporativo.
- De servicios a terceros.
- En instalaciones fijas de tratamiento.