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alimentaria
Registro de productos dietéticos o productos alimenticios destinados a una alimentación especial.
Según el Real Decreto 1809/1991, los productos dietéticos o productos alimentarios destinados a una alimentación especial o dietéticos, son aquellos que por su naturaleza o proceso de fabricación son apropiados para satisfacer el objetivo nutricional especial al que están destinados. Para su comercialización, se tienen que indicar el mencionado objetivo.
Se deberá notificar a las autoridades competentes de la primera puesta en el mercado nacional de estos productos, siempre que no cuenten con una norma específica o cuando así lo exija su propia normativa.
Actualmente, se tienen que notificar las siguientes categorías de productos:
- Alimentos destinados a usos médicos especiales.
- Preparados para lactantes.
- Alimentos para prematuros.
- Alimentos dietéticos destinados a personas con intolerancia al gluten.
- Alimentos destinados a un intenso desgaste muscular sobre todo para deportistas.
- Dietas de muy bajo valor energético.
- Alimentos pobres en sodio y sales hiposódicas.
- Alimentos para personas con alteraciones del metabolismo de los glúcidos (diabéticos).
- Otros productos destinados a una alimentación especial y que tienen consideración de dietéticos conforme a la legislación de otro Estado miembro de la UE.