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Autorización de las Actividades de Fabricación, Importación y/o Almacenamiento de Productos Antisépticos de Piel Intacta y Desinfectantes en el Ámbito Clínico.

Para la fabricación, importación y/o comercialización de productos antisépticos de piel sana y/o desinfectantes del ámbito clínico, un requisito previo es la obtención de la Autorización de las Actividades de Fabricación, Importación y/o Almacenamiento de Productos Antisépticos de Piel Intacta y Desinfectantes en el Ámbito Clínico por parte de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

Esta autorización requiere de un Director Técnico con una titulación homologada en España que garantice la correcta fabricación y comercialización de los productos antisépticos y desinfectantes del ámbito clínico.

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